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7/07/2007

VI Premio de Novela Ciudad de Torrevieja

Premios: 360.000 euros para el ganador y 125.000 euros para el finalista. La tirada mínima del Primer Premio será de 10.000 ejemplares.

BASES:

Podrán participar en este certamen escritores de cualquier nacionalidad, siempre que las novelas que concursen sean escritas en castellano, originales e inéditas y no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. Las novelas deberán ser presentadas por duplicado, claramente mecanografiadas a doble espacio, por una sola cara, en tamaño DIN A4 y debidamente grapadas, cosidas o encuadernadas. Su extensión no ha de ser inferior a doscientas páginas.

Las obras deberán entregarse, o enviarse en las condiciones mencionadas, antes del 15 de julio de 2007 (plazo máximo de entrega) en las oficinas de Random House Mondadori, S.A., calle Agustín de Betancourt 19, 28003, Madrid, haciendo constar en las mismas que concurren al Premio.

En cada novela deberá constar el título y los datos del autor (nombre, apellidos, domicilio, teléfono y si se desea breve biografía). En el caso de que el autor desee presentarse bajo seudónimo, es indispensable que en un sobre aparte y cerrado figure el seudónimo que emplee el autor en la novela junto a su nombre, apellidos, domicilio y teléfono.

El jurado será designado por el Instituto Municipal de Cultura Joaquín Chapaprieta Torregrosa del Excmo. Ayuntamiento de la Ciudad de Torrevieja y la editorial Random House Mondadori, S.A. Estará compuesto por miembros relevantes del ámbito cultural, un representante del Ayuntamiento de la Ciudad de Torrevieja y un representante de la editorial Random House Mondadori, S.A. Su composición se dará a conocer un mes antes de emitirse el fallo.

El certamen no podrá ser declarado desierto.

La proclamación de las novelas ganadoras se efectuará durante una cena que se celebrará en Torrevieja en los meses de septiembre u octubre de 2007.

El Premio tendrá una dotación de 360.607,00 € para el ganador y de 125.000,00 € para el finalista. Los citados importes (a los que se aplicarán las retenciones fiscales correspondientes) serán considerados como anticipo de derechos de autor en las condiciones que se establecen en el punto 8º de las presentes bases.

La presentación de toda novela al certamen comporta la aceptación por parte de su autor de las presentes bases incluyendo, en el caso de que la obra haya sido presentada bajo seudónimo y resultara ganadora, la aceptación de que la plica sea abierta en el acto de concesión del Premio. Los ganadores deberán firmar el correspondiente contrato de cesión de derechos con Random House Mondadori, S.A. o la empresa de su grupo editorial que designe. El citado contrato implicará la cesión en exclusiva de todos los derechos de explotación de las novelas ganadoras en cualquier modalidad o formato de explotación y distribución conocida en la fecha de la proclamación de los ganadores, para todos los territorios y lenguas del mundo y en especial la cesión de los derechos de edición en forma de libro (trade, bolsillo, ediciones ilustradas, libro electrónico, audiolibro). Los royalties serán 10% para la edición libro trade y 7% para la edición libro bolsillo, porcentajes que se calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA y que se liquidarán al autor una vez cubierto el anticipo. En el caso de la cesión a terceros de cualquiera de los derechos de explotación de la obra, el autor percibirá un 60% sobre los ingresos netos que Random House Mondadori, S.A. perciba por la citada cesión. Las ediciones en forma de libro tendrán una tirada mínima de 10.000 ejemplares y máxima de 500.000.

Los originales presentados no se devolverán y serán destruidos.

Todos los originales deberán ir acompañados de una declaración firmada por su autor en la que se hará constar que la novela es original, inédita y que no tiene comprometida su publicación con ninguna otra editorial ni está presentada a ningún otro concurso pendiente de resolución. En las novelas presentadas con seudónimo la mencionada declaración podrá suscribirse bajo el mismo seudónimo, pero en la plica referida en el punto 3.º se hará constar, explícitamente firmada con el nombre y apellidos reales, la exactitud de lo manifestado en dicha declaración.

Para cualquier diferencia que hubiese de ser dirimida por vía judicial, las partes renuncian a su propio fuero y se someten de manera expresa a los juzgados y tribunales de Alicante.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Qué tal, contales nada más que soy escritora de un blog desde hace aproximadamente unos 7 meses y que lo veo de gran utilidad, no se si la redacción sea sobresaliente o de una erudición increíble, pero sí goza de mucha realidad, intento esforzarme en la tarea de transmitir la cruda salida de una larga enfermedad que afectó mi vida, y especialmente, mi adolescencia. La bulimis y la anorexia son flagelos que deberían ser tomados con mayor cuidado, si la prevencion fuera llevada a cabo probablemente las pérdidas a lamentar serían infinitamente menores. Nada más, muchas gracias