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9/22/2009

IX Concurso Literario

IX CONCURSO LITERARIO (CUENTOS O RELATOS BREVES) LA FEDERACION DE CASAS DE CASTILLA Y LEON EN ANDALUCIA

CONVOCA EL IX CONCURSO LITERARIO BAJO LAS SIGUIENTES BASES:

1º.- Podrán participar todas las personas que lo deseen. Los trabajos han de ser inéditos y escritos en lengua castellana y la sola presentación de los trabajos supone, por parte de los participantes, la aceptación de todas las bases y el acatamiento del fallo del Jurado.

2º.- Los trabajos serán de tema libre, en prosa, inéditos, cuento, relato o ensayo. Se valorarán los que glosen o tengan su desarrollo o aludan a motivos característicos de Castilla y León en sus diferentes manifestaciones: costumbres, paisajes, etc.

3º.- Los trabajos tendrán una extensión mínima de quince folios, mecanografiados a doble espacio. Se presentarán por triplicado en sobre cerrado, figurando en el exterior un lema o seudónimo, entregando al mismo tiempo otro sobre cerrado con el mismo lema en el exterior y conteniendo en el interior los datos personales del autor (Nombre, dirección, y teléfono).

4º.- La admisión de trabajos finaliza el día 25 de octubre 2009.

5º.- Los envíos o entregas deberán realizarse a la siguiente dirección:
CASA DE CASTILLA Y LEON. C/ Melchor Gallegos nº 1.- 41005.- SEVILLA.

6º.- El jurado estará compuesto por personalidades de las artes y la cultura de la ciudad de Sevilla y formarán del mismo el Presidente y un miembro de la Junta Directiva de la Federación de Casas de Castilla y León en Andalucía

7º.- Se concederá un premio de 1000 € a la obra ganadora.

8º.- El fallo del Jurado tendrá carácter de inapelable, y se hará público en los primeros días del mes de noviembre de 2009, pudiendo declarar el premio desierto y acordar menciones especiales, si lo estima oportuno.

9º.- Las obras premiadas quedarán en propiedad de la Federacion de Casas de Castilla y León en Andalucia, que podrá disponer de ellas como lo considere conveniente. Los trabajos no premiados deberán ser retirados en
el plazo de cinco días, a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo del Jurado. Pasado este plazo serán destruidos.

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